Con fundamento en las consideraciones antes explanadas, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL, interpuso la sociedad mercantil ADMINISTRADORA MULTICENTRO, S.R.L. contra los ciudadanos ARELIS YULIMAR PORRAS ZAMBRANO y JONDER DAVID MORENO GONZÁLEZ. En consecuencia, se condena a los demandados a lo siguiente:
PRIMERO: A entregar a la parte actora el siguiente bien inmueble: Apartamento No. 9 del Edificio El Águila, ubicado entre las esquinas de El Conde a Piñango, El Silencio, Municipio Libertador, Parroquia Catedral, Caracas, Distrito Capital.
SEGUNDO: A pagar a la parte actora la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 2.600,00), por concepto de indemnización de daños y perjuicios causados por seguir ocupando el inmueble arrendado sin pagar la contraprestación debida, desde el 15 de septiembre de 2005 hasta.....