Con fundamento en las precedentes consideraciones este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por VENTA FORZADA DE DERECHOS SOBRE INMUEBLE, interpusieron los PROPIETARIOS DEL EDIFICIO KENTUCKY, contra las ciudadanas HILDEGAR ELENA NAVARRO SOSA y MARÍA CONCHITA DÍAZ NAVARRO, antes identificadas. En consecuencia, se declara que las demandadas incumplieron reiteradamente con en el pago oportuno de las cuotas de condominio correspondientes al apartamento No. 2 del Edificio Kentucky, durante los meses comprendidos desde noviembre 2007 hasta mayo 2008.