Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 23 de febrero de 2010, por la abogado ARACELIS GARFIDO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada el 18 de febrero de 2010, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos el 04 de mayo de 2010. SEGUNDO: LA NULIDAD de todo lo actuado a partir del 21 de abril de 2009, dejando vigente solo la admisión de la demanda, en el juicio seguido por el ciudadano RICHARD NOEL DELGADO en contra de AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A. TERCERO: REPONE la causa al estado de que el Juzgado Segundo de.....