Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 5 de agosto de 2009, por el abogado CARLOS VON BUREN, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto de fecha 03 de agosto de 2009, dictado por el Juzgado Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en un solo efecto en fecha 06 de agosto de 2009, todo en el juicio seguido por los ciudadanos GERARDO MEDINA, ALCIDES JOSE ALVARES MORLES y LUIS ALFREDO MARTINEZ DEL VALLE en contra de la empresa CONSTRUCCIONES BARARIDA, C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.