"...En este estado la Parte Actora, Dra. Maria E. Zannella, exponen:" A todo evento solicito que habiendo quedado debidamente notificados del presente mandato que no se haga ningún tipo de movilización sobre el crédito aquí señalado, para ser embargado Ejecutivamente que tiene Petróleos de Venezuela (PDVSA) a favor de la Sociedad Mercantil "Técnicos Venezolanos C.A." por el monto de Cuatrocientos Treinta y Seis Mil Cuatrocientos Seis Con Veinticinco Céntimos (Bs. 436.406,25), que comprende el monto demandado mas las costas, costos calculados prudencialmente por el Tribunal de la Causa, tal como lo establece el mandato. Es todo."- y en cuanto al lapso de los 2 días de Despacho solicitado por los notificados este Tribunal Ejecutor de Medidas lo acuerda de conformidad a lo pactado entre las partes concediéndoles un lapso de Cinco (05) días hábiles para que informen mediante oficio el estado del crédito señalado a favor de la demandada por ante este Tribunal de Municipio Ejecutor de Medi.....