Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley PERMISA la continuación de la obra denunciada como generadora de daños.
Se ordena la notificación de la parte querellada PROMOTORA ROSBAD 369, C.A, RIF. J-40004345-0, representada legalmente por el ciudadano JOHNNY BADLER, venezolano, domiciliado en Caracas, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad Nº V-7.638.590 a fin de que exponga los alegatos que considere pertinentes.