Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, NIEGA el recurso de casación interpuesto por el abogado JESÙS SALVADOR RENDÒN CARRILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.890, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia que dictó esta alzada en fecha 23 de mayo del 2016, todo ello en virtud del juicio que por REINTEGRO DE INTERES (CUOTA BALÒN), incoada por el ciudadano ADONIS OSCAR JURDI YORDI contra el BANCO MERCANTIL C.A., S.A.C.A,. Así se decide.-