SE CALIFICA la decisión de fecha 7 de octubre de 2016, dictada por Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción, como sentencia interlocutoria de reposición.
SEGUNDO: CON LUGAR recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte acciónate, Sociedad Mercantil CONDOMINIOS CHACAO C.A., en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue contra los HEREDEROS DE LA CIUDADANA ALICIA CRESPO DE RODRÍGUEZ, todos suficientemente identificados en el texto del presente fallo.
TERCERO: SE ANULA la audiencia oral de fecha 27 de septiembre de 2016, así como todas las demás actuaciones posteriores y consecutivas, incluyendo el fallo objeto del presente recurso, de fecha 7 de octubre de 2016, dictada por Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción.
CUARTO: SE REPONE la causa al estado de que el Tribunal a quien corresponda conocer de la presente causa, fije y celebre la audiencia oral correspondiente,.....