De conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 370, 371, 376 del Código de Procedimiento Civil, Declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la oposición presentada en la ejecución de fecha 04/08/2022, por el ciudadano DARIS MOLINA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.249.724.
SEGUNDO: Se condena en costas al ciudadano DARIS MOLINA RODRIGUEZ, por haber resultado perdidoso en la presente incidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
TERCERO: Por estar la presente decisión fuera de su lapso natural, se ordena la notificación de las partes.
Publíquese y Regístrese incluso en la página Web Oficial del Tribunal Supremo de Justi.....