Por lo antes expuesto, este Tribunal considera que la Solicitud de Únicos Universales Herederos, intentada por la ciudadana CARMEN TERESA RIVAS APOLINAR, ya identificada, debe NEGARSE por cuanto no se corresponde a la norma constitutiva para su tramitación, conforme a la sentencia vinculante emanada del Tribunal Supremo de Justicia, antes señalada. Así se decide. Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
LA JUEZ
YECZI FARIA DURAN LA SECRETARIA,
MARIA ALEJANDRA RONDON
YFD/MAR/Diana*
Exp: AP31-S-2010-006318