este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN solicitada por la ciudadana YELE ISABEL SEVILLA, antes identificada, y en consecuencia. ÚNICO: Se corrige la omisión en la partida de defunción Nº 1343, de fecha 16 de Septiembre de 2013, que cursa en los libros de Registro Civil de Defunciones llevados por la Oficina Subalterna de Registro Civil, Parroquia San Pedro de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, del año 2011, donde se debe insertar a la ciudadana "YELE ISABEL SEVILLA" como conyugue del De cujus, señalándose que la misma vive, que es titular de la cédula de identidad "No V-6.44.542", de profesión u ocupación "Oficios del Hogar" y de nacionalidad "Venezolana". Así se decide.-