Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que motiva este juicio, interpuesta por TRUE MARKETING CA., contra LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LAS RESIDENCIAS VERACRUZ, ambas partes suficientemente identificadas ab-initio y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Cumplir con el contrato de arrendamiento suscrito por ante la Notaria Publica Cuarta del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el No. 10, tomo 72 de los libros de autenticaciones llevados por esa oficina. En consecuencia ordena ocupar los espacio arrendados, ubicados en la Torre Sur, con visual a la Autopista Prados del Este que integra las Residencias Veracruz, situados en la Avenida Veracruz, Urbanización Las Mercedes, Municipio Baruta Estado Miranda, y permitir el acceso a la.....