de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, suficiente sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, "Un terreno ubicado en el Barrio Santa Cruz del Este, Calle El Rosario, Vereda Las Delicias, Casa Nro 6, Piso 1, S/N de Catastro, Punto Mínimo de Coordenadas REGVEN: entre 1.155.800–1.155.900 de latitud Norte y 733.600–733.700 de longitud Este; Municipio Baruta del Estado Miranda.", a nombre del ciudadano ALEXANDER SOLORZANO RAMIREZ, titulares de las cédulas de identidades Nros. V- 10.812.759.
La presente declaratoria versa sólo sobre las bienhechurías identificadas en el escrito de solicitud, dejándose expresa constancia que los derechos de la solicitante por medio de esta actuación judicial, no generan en modo alguno, derechos sobre el terreno en el cual han sido construidas.
Tampoco, convalida ningún tipo de violación a la Ley, Decreto u Ordenanza en la cual haya podido incurrir la s.....