V
DECISIÓN
En merito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Se ADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de los efectos del acto recurrido, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, por las abogadas AYLEEN GUÉDEZ y MARÍA FERNANDA PULIDO, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la Sociedad Mercantil AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A. contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 144 2008, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "JOSÉ RAFAEL NÚÑEZ TENORIO" con sede en Guatire, Estado Miranda.
Se ACUERDA la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa recurrida, hasta s.....