En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos Heliodoro Elcoro Mendieta y Miren Zorcunde Consuelo De Elcoro, plenamente identificados en autos; por consiguiente, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 16 de diciembre de 1970, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio de Baruta del estado Mirada, según acta Nº 596, inserta en el Libro de Registro Civil correspondiente al año 1970.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil del Municipio Baruta del estado Miranda, al Registrador Principal del estado Miranda y al Consejo Nacional Electoral (CNE), a los fines legales consiguientes.
Liquídese la comunidad conyugal.