III
DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMO OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE UNÍA, a los ciudadanos HUGO MIGUEL DA SILVA GUIMARAES y OLGA ELENA RIOS DE DA SILVA, el primero de nacionalidad portuguesa y la segunda venezolana, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº E-82.127.879 y V-14.876.904, respectivamente, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 28/07/2011, por ante La Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 251, Tomo 2, Folio 1, año 2011.
SEGUNDO: Se ordena participar del presente fallo a las autoridades competen.....