Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Séptimo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la decisión dictada 06 de noviembre de 2018, dictada por el Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, que declaró el desistimiento de la demanda intentada por RAMON JOSE MORON, contra la sociedad mercantil NANIA & NANIA CONSTRUCCIONES C.A, por concepto de enfermedad ocupacional.