CAPITULO V
DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR la APELACION interpuesta por la abogada NURY GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 95.666, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 6 de Febrero de 2019, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, confirmándose la decisión apelada en todo lo referente a los conceptos condenados. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por cobro de utilidades, salarios, beneficio de alimentación y cotizaciones no pagadas al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, incoara el ciudadano EVERCKSON ALEXANDER HEREDIA MORENO, contra la entidad de trabajo, sociedad mercantil ADP PUBLICIDAD C.A., y s.....