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Decisiones del dia 06/02/2008

Formato:  Ficha  Lista

Sala Primero de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP51-S-2007-019850 N° Sentencia : PJ0012008000081 Fecha: 06/02/2008
Procedimiento:
Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes:
ALFREDO RAMÓN OROZCO Y JOISCA LEARSI OSTOS PÉREZ
Resumen:
esta Sala de Juicio No 01 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente Conversión de la Separación de Cuerpos en Divorcio. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ALFREDO RAMÓN OROZCO y JOISCA LEARSI OSTOS PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.383.686 y V-13.686.984, respectivamente, contraído ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, asentado en el Libro de Registro Civil Matrimonios bajo el acta No 170, del año 1994.-. En cuanto a su hija, la adolescente (X) de trece (13) años de edad, las partes acordaron lo siguiente: En cuanto a la Patria Potestad, ésta será compartida por ambos padres, y la Guarda (ahora denom.....
Juez/Ponente:
Agueda Dominguez
Organo:
Sala Primero de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : AP51-S-2007-008891 N° Sentencia : PJ0012008000080 Fecha: 06/02/2008
Procedimiento:
Rectificación
Partes:
CARLOS ALFONSO VALDIVIA SÁNCHEZ
Resumen:
declara CON LUGAR la rectificación del acta de nacimiento de la niña (X) de once (11) años de edad, la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Café, Municipio Acevedo del Estado Miranda, la cual corre inserta bajo el acta N° 04, correspondiente al año 2003. En consecuencia, se ordena rectificar dicha acta en lo que se refiere a la transcripción errónea de los datos de identificación del solicitante como: "NATURAL DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO SUCRE", siendo esto incorrecto, ya que debe decir "VENEZOLANO POR NATURALIZACIÓN, NATURAL DE LIMA PERÚ". Igualmente, el nombre de la niña de autos se colocó como: "(X) ", siendo esto incorrecto, ya que debe decir (X) . Asimismo, se identifica a la madre de la niña como: "ALBERTINA ANTONIA BROZON", siendo esto incorrecto, ya que debe decir "ALBERTINA ANTONIA BRAZON", rectificación que se hace conforme a lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil,.....
Juez/Ponente:
Agueda Dominguez
Organo:
Sala Primero de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
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