Este Tribunal habiendo constatado que la presente mediación resulta positiva, de conformidad con lo previsto en el articulo 133 ejusdem, dar por concluido el proceso una vez verificado y constato el cumplimiento del segundo pago de manera cabal y a satisfacción de la parte actora. Finalmente, y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándose efecto de la Cosa Juzgada, y se dará por terminado el presente juicio y se ordenará el archivo del expediente, una vez visto y consignado y verificado el ultimo pago. Se deja constancia de la entrega de los escritos de prueba y demás elementos probatorios promovidos por las partes al inicio de la audiencia preliminar. No teniendo otro aspecto por el que debatir se firma la presente acta en señal de conformidad.
La Juez
Abg. Carolina Chakian Mayarllan
La Secretaria
Abg. María Veruskha Dávila
Los presentes