Se dictó resolución declarando la homologación del acta de juicio donde las partes llegaron a un acuerdo, de conformidad con lo previsto en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para lo cual se ordena formar un solo cuerpo con el presente fallo. Por último se ordenó la remisión a su Tribunal de origen.-