Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra de la sentencia dictada en fecha 31/07/2012 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: Se confirma el fallo recurrido; TERCERO: SIN LUGAR la demanda incoada contra el ciudadano RICARDO RUBEN MAGNO FUENMAYOR. CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por el ciudadano EDGAR EDUARDO CASTAÑEDA VIEIRA, contra la Sociedad Mercantil IMPRESORA TÉCNIA DE VENEZUELA C.A. (IVETECA), plenamente identificados en autos. QUINTO: Se ordena a la empresa IMPRESORA TÉCNIA DE VENEZUELA C.A. (IVETECA), pagar al actor los conceptos determinados en la parte motiva del fallo; SEXTO: Se condena en costa a la parte actora apelante.