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Decisiones del dia 06/02/2014 |
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N° Expediente :
9043
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/02/2014 |
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato |
Partes: JOFFREN MONTILLA HENRIQUEZ CONTRA UNIDAD LATINA MEDICO QUIRURGICA (ULMEQUI) |
Resumen:
Por lo antes expresado, este JUZGADO SUPERIOR NOVENO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dando cumplimiento al criterio jurisprudencial transcrito ut supra, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 321 del Código de Procedimiento Civil, se declara COMPETENTE PARA CONOCER Y DECIDIR el juicio que por Cumplimiento de Contrato sigue Jofren Montilla Henríquez contra la Unidad Latina Medico Quirúrgica (ULMEQUI)
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Noveno Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Palacio de Justicia. En Caracas, a los Seis (06) días del mes de Febrero de 2014. Años: 203° de la Inde.....
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Juez/Ponente:
Cesar Dominguez Agostini
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Organo:
Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AP71-R-2013-001033
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/02/2014 |
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato |
Partes: ANNA BELLINI DE MARCHESANI CONTRA JORGE LUIS RAMIREZ DUGARTE |
Resumen:
Finalmente deberá la parte demandada hacer entrega a la parte actora del bien inmueble constituido por el apartamento distinguido con el número 11, situado en el piso 3 del Edificio Virgen del Carmen, ubicado en la Avenida José Félix Sosa, Urbanización Bello Campo, Municipio Chacao del estado Miranda, debiéndose acatar lo previsto en el artículo 12 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, ello para que se cumpla con el procedimiento especial previsto en la ley especial, una vez que esta sentencia quede definitivamente firme, lo cual debe ser garantizado al inquilino por el órgano jurisdiccional que corresponda.
Conforme a lo expuesto, en opinión de quien aquí decide lo ajustado a derecho en el sub examine es declarar improcedente la acción principal de cumplimiento de contrato de arrendamiento, y con lugar la acción subsidiaria de desalojo impetrada por las accionantes en el libelo de la demanda, en razón de haberse d.....
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Juez/Ponente:
Arturo Martinez Jiménez
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Organo:
Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito
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