PARTE DISPOSITIVA
DESICIÓN
Por los fundamentos expuestos este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE: AUTORIZACION SUFICIENTE a la ciudadana MARDY CHIQUINQUIRA BOHORQUEZ BARBOZA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.800.581, para que en representación de su hija IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, venda el porcentaje que a la referida adolescente corresponde en propiedad sobre dos casas, la primera ubicada en la calle 70 con esquina avenida 12, N° 11-93, Sector Tierra Negra y la segunda ubicada en la calle 70, N° 11-83, el primer inmueble según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Maracaibo, en fecha 15 de Septiembre de 1954 bajo el N° 94, folios del 179 al 182, protocolo 1°, tomo 3°, tercer tr.....