Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoara CONSULTORÍA EMPRESARIAL CORPORATIVA CEC, C.A., contra las sociedades mercantiles EC HOLDING, SOCIEDAD ANÓNIMA E INVERSIONES MFFF, C.A., ampliamente identificados al inicio, DECLARA: DECLARA: SE HOMOLOGA la cesión de los derechos de propiedad sobre noventa y nueve (99) acciones nominativas de la sociedad mercantil INVERSIONES MFFF, S.A.; diez mil acciones (10.000) acciones nominativas de la sociedad mercantil INVERSIONES VIFORSU, C.A. y noventa y nueve (99) acciones nominativas de la sociedad mercantil EC HOLDING, S.A., suscrita entre las sociedades mercantiles CONSULTORÍA EMPRESARIAL CORPORATIVA CEC, C.A. y CORPORACIÓN VENEZOLANA DE CONSTRUCCIÓN, C.A.