declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo funcionarial, mediante el cual el ciudadano HENRY EDUARDO LEON ROJAS, representado por el abogado Jorge Enrique Calderón Crespo, ya identificados en el encabezamiento del presente fallo, solicita se ordene la cancelación de la diferencia de sus prestaciones sociales, los intereses de mora, y la corrección monetaria. En consecuencia:
PRIMERO: Se ORDENA a la Alcaldía del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, proceda a realizar el pago por un monto de dieciocho mil ochocientos setenta y siete bolívares fuertes con noventa y cuatro céntimos (Bs.F. 18.877,94), correspondiente a la diferencia de prestaciones sociales demandada por el querellante.
SEGUNDO: Se ORDENA al Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, proceda a calcular y cancelar los intereses moratorios generados por el retardo en el pago de las prestaciones del recurrente, sobre la cantidad de veinte millones cuatrocientos cuatro mil cuatrocie.....