este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Primero: Consumada La Perención y Extinguido el procedimiento en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, ha incoado el ciudadano Richard José Quintero Rivadeneira contra las entidades de trabajo Corporación Sesoven, C.A. y Edificaciones 664655, C.A., plenamente identificado en autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Tercero: Se ordena la notificación de la parte actora a los fines de hacer de su conocimiento sobre la presente decisión y una vez conste en autos la misma, empezará a transcurrir el lapso de cinco (05) días hábiles para ejercer los recursos pertinentes.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena deja.....