Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente C.A. VENCEMOS, sociedad mercantil domiciliada en Caracas, Distrito Capital. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara nula y sin efecto alguno la Gestión de Cobro Administrativo N° MH-SENIAT-GCE-DR/99/3112 de fecha 08-12-1999 emanada de la División de Recaudación Gerencia Regional Tributos Internos de Contribuyentes Especiales Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) e insta a este Órgano a realizar la fiscalización de los periodos que van del mes de junio de 1995 hasta el mes de septiembre de 1995, a los fines de verificar si los montos reflejados en las planillas de Declaración .....