A través de SENTENCIA INTERLOCUTORIA el Tribunal se declaró INCOMPETENTE POR LA CUANTIA para conocer del juicio que por COBRO DE BOLIVARES intenta la Firma Mercantil CORPORACIÓN AGRO INDUSTRIAL ALVAES Y FIANZAS CARACAS, C.A., contra la Asociación COOPERATIVA FAVECA 3, R.S, antes identificados; y por tanto, DECLINÓ su competencia en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte asignado, previa distribución de ley.