Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados WILLIAM BENSHIMOL R., LAURA R. BENSHIMOL DOZA y LEÓN BENSHIMOL SALAMANCA, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 12.026, 53.471 y 76.696, respectivamente, apoderados judiciales del ciudadano JOSE ALBERTO DIAZ LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.802.330, contra la Providencia Administrativa N° 015-026 de fecha 19 de agosto de 2005, dictada por la Presidenta del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), adscrito al Ministerio de Ciencia y Tecnología. En consecuencia se decide:
PRIMERO: se declara la nulidad de la Providencia Administrativa N° 015-026 de fecha 19 de agosto de 2005.....