Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara Homologada la presente Transacción, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, que intentó la sociedad mercantil SERVICIOS 1.936, C.A., contra la sociedad mercantil INVERSIONES PERDOMO-DA COSTA 2003, C.A. y el ciudadano GERARDO ENRIQUE PERDOMO BELLOSO, ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los Seis (06) días del mes de Julio del año dos mil seis (2006). Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación. .....