PRIMERO: MODIFICA el fallo dictado por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 06 de Abril de 2009, en virtud de la consulta ordenada por ese Juzgado el 13 de Abril de 2009, de acuerdo a lo establecido en el artículo 70 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano OSWALDO JOSE MORALES CABELLO contra el INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA (INAVI). TERCERO: Se condena al INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA (INAVI) a pagar al ciudadano OSWALDO JOSE MORALES CABELLO la cantidad de CATORCE MIL CIENTO SETENTA Y SEIS BOLÍVARES FUERTES CON VEINTIDOS CÉNTIMOS (Bs. F. 14.176.22), por concepto de antigüedad Bs. 4.926,60; vacaciones y bono vacacional fraccionado Bs. 2.374,90; utilidades fraccionadas Bs. 5.624,77 y preaviso Bs. 1.249,95, más lo que resulte de la experticia complementaria del fall.....