Sentencia Interlocutoria mediante la cual este Tribunal se declara incompetente por la materia y ordena la remisión de la presente solicitud de declaratoria de únicos y universales herederos, y se ordena su remisión a los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adoslecentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-