este Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declara: INADMISIBLE la acción que por COBRO DE BOLIVARES incoada por el abogado EANNNYS JOSE PALMA SILVA antes identificado en su carácter de apoderado judicial de BFC BANCO FONDO COMUN C.A. BANCO UNIVERSAL, contra los ciudadanos YANTING LEE FENG y ZHUPENG FENG. Así se establece.