Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, incoado por el ciudadano: JOSÉ ALVARO ARBOLEDA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Cédula de Identidad No. 23.174.630, así como las deposiciones de los testigos presentada por los solicitantes, evacuadas al efecto, este Tribunal, sin perjuicio de los derechos que pudieran tener terceras personas, igual o mejor de los que aduce los solicitantes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara: TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD SOBRE LAS BIENHECHURIAS A QUE SE CONTRAE LA PRESENTE SOLICITUD A FAVOR DEL CIUDADANO: JOSÉ ALVARO ARBOLEDA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, Cédula de Identidad No. 23.174.630.- Devuélvase las presentes actuaciones al solicitante, previa anotación de tales actuaciones en el libro Diario correspondiente.-