este Tribunal decretó Medida Preventiva de Embargo sobre bienes muebles propiedad de la demandada y señaló que en el caso de que dicha medida recayera sobre cantidades de dinero, acciones y títulos valores, que la misma se practicara sobre la cantidad de "DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SESETNCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES (Bs. 239.773.543)" siendo lo correcto DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 239.773.543,00), este Tribunal ordena dejar sin efecto el mandamiento librado en esa misma fecha y procede anexarlo al presente expediente.