Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: Se ordena al Tribunal de Primera Instancia, realizar todas las diligencias pertinentes en el ejercicio de su funciones como director del proceso, para que se reintegren a las actas del expediente los originales acompañados por la parte actora junto a su libelo de demanda, entendiéndose así acompañados desde la oportunidad procesal correspondiente los mismos.
Segundo: SE ANULA la decisión interlocutoria dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 1.....