Se declara CON LUGAR la demanda de PARTICIÓN incoada por el ciudadano CELESTINO IGNACIO DÍAZ LAVIÉ, contra las ciudadanas ANA MARIA DE BREY y BEATRIZ DIAZ LAVIÉ, todos plenamente identificados al inicio del presente fallo. En consecuencia y de conformidad con lo establecido en el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, se emplaza a las partes para que concurran ante este Tribunal, AL DÉCIMO (10) DÍA DE DESPACHO siguiente a aquél en que quede definitivamente firme el presente fallo, a las 11:00 a.m, para que tenga lugar el acto de Nombramiento de Partidor.