Por las razones expuestas, esta Corte Superior de LOPNA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso interpuesto por la ciudadana Luris M. Barrios Rivas, Defensor Privada, en contra de la Decisión en fecha 13 de agosto de 2015, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECLARÒ SIN LUGAR LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO, conforme al articulo 559, 560 y 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y en consecuencia se confirma la decisión recurrida. Y así se decide.-
Publíquese, regístrese y archívese el expediente.