SE DECLARA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO en razón de la ADMISION DE LOS HECHOS, realizada por el acusado FERNANDO QUINTERO GUERRERO, titular de la cedula de identidad Nº V-17.186.822, de Nacionalidad Venezolana, natural de Zulia, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de fecha de nacimiento 09-04-1986, profesión u oficio: Técnico refrigerante. hijo de: ESTER QUINTERO (V) y de padre: CARLOS MEDINA (V) Residenciado en: ANTIMANO, LA CUMBRE, SECTOR LA GRAMA, CASA S/N, PUNTO DE REFERENCIA: CANCHA DE BASKET, TELF: 0414-256-8273 (HERMANO) // 0424-265-9260, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal penal vigente por remisión expresa del artículo 67 de la ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia