IV
D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Noveno de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida en la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO solicitado en la presente causa por la Fiscal 115°, con competencia en materia de adolescentes, Mélida Llorente Gallardo, con respecto a la causa que se inició en contra del adolescente de quien el Tribunal acuerda omitir su nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, suficientemente identificado en autos, por lo que se decreta igualmente la terminación de la causa, de conformidad con los artículos 318, numeral 4 del código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 561, literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Regístrese, publíq.....