V. DISPOSITIVA.
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en sede CONSTITUCIONAL, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR las apelaciones interpuestas en fechas 21.04.2006, 02.05.2006, 12.05.2006, 07.06.2006 y 03.07.2006 por la representación judicial de la parte presuntamente agraviada, ciudadana MARÍA AUXILIADORA DÍAZ DÍAZ, contra la decisión dictada en fecha 30.05.2006 (f. 73) por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana MARÍA AUXILIADORA DÍAZ DÍAZ contra el ciudadano NELSON SÁNCHEZ GIL y la sociedad mercantil INMOBILIARIA SOLIDEZ C.A.
SEGUNDO: NULA la audiencia constitucional re.....