D I S P O S I T I V O
Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS INTENTADA por el ciudadano: LIBRADO PEREZ MILLAN, contra la empresa VILLA LOREANA IL RESTAURANTE, quedando obligada esta última a REENGANCHAR al primero en su puesto de trabajo y en las mismas condiciones que tenia antes del ilegal despido. SEGUNDO: Se condena asimismo a la demandada a pagar al trabajador los SALARIOS CAIDOS causados desde la fecha de la notificación de la parte demandada, es decir desde el día 13 de octubre de 2006, hasta la fecha en que se ordene la ejecución del presente fallo, con base al salario diario de Bs. 27.000,.....