En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio solicitada por los ciudadanos YUSBELYS MERCEDES VELASCO PACHECO y RANSEL MIGUEL MORA CENTENO, titulares de las cédulas de identidad números 17.643.619 y 15.843.675 respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 27 de Junio de 2007, según consta en Acta N° 54, expedida por la referida Autoridad Civil.
Regístrese, publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de Caracas, (06) de Noviembre de dos mil trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
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