VI
DISPOSITIVA
Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO formulada por el ciudadano CAYETANO MARTINEZ ALVIAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad números V-9.353.098.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos CAYETANO MARTINEZ ALVIAREZ y DIANORA MILAGRO BRIZUELA DE MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.353.098 y V-11.726.941, respectivamente, por ante la prefectura del Municipio Autónomo Caroní de.....