DISPOSITIVO
En consecuencia de conformidad con la Cláusula Novena contenida en la relación contractual, este Juzgado se declara Incompetente en razón del Territorio y declina la competencia para conocer de la presente causa de COBRO DE BOLÍVARES incoada por el BANCO CARONI CA., BANCO UNIVERSAL en contra de la ciudadana YOUBRAN ISKANDAR MAARRAQUI, ya identificados al inicio del fallo a los Juzgado de Municipio del Municipio Caroní de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz.
Déjese Transcurrir el lapso que tienen las partes para ejercer el recurso de regulación de la competencia tal como lo establece el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil; y de no ejercerse dicho recurso, remítase el expediente a La unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Juzgado de Municipio del Municipio Caroní de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede en Puerto Ordaz, para que previa distribución de Ley, asigne el co.....