IV
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO DÉCIMO SÉPTIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de COBRO DE BOLÍVARES incoada por la entidad financiera BANESCO C.A., BANCO UNIVERSAL, en contra los ciudadanos ZULLY ESTHER FAJARDO URDANETA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.949.580 y JONATHAN RAFAEL PEREZ FAJARDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.847.964, en su carácter de fiador de la obligación.
SEGUNDO: En consecuencia, se condena a la parte demandada, para que pague a la parte actora la cantidad de VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SIETE CÈNTIMOS (Bs. 28.247,57), por concepto de saldo de capit.....