DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: PROCEDENTE EN DERECHO el desistimiento del procedimiento, efectuado por la Yaritza Valdiviezo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 96.869, actuando en su carácter de Apoderada judicial de la sociedad mercantil ADMINISTRADORA YURUARY, C.A., parte actora, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara en contra de la Sociedad Mercantil CONSULTORES RRHH 2009 C.A., todos identificados al inicio de este fallo, quedando por tanto HOMOLOGADO, en consecuencia, extinguida la instancia.