Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Inadmisible la pretensión de amparo constitucional ejercida por los abogados Yesenia Pino y Jesús Hergueta González, actuado en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos Abrahan Moisés Rivas Crespo, Wilmer José Villarroel Madriz, Alonso marino Rivero Carranza, Carlos Luis Campos Canelo, Juan José Blanco Navarro, Gustavo Adolfo González, José Gregorio Correa Muro, Richard Zapata Rodríguez, Lenin Gustavo Valero Díaz, Oscar Alfredo Graterol Gudiño, Jorland Orlando Navarro Suárez, José Eduardo Bastidas Peña, Humberto Román Leal Hernández, Pablo Olivier Pérez Pérez, Omar Gerardo Herraz Aguilar, Alejandro Israel Molina Ramírez y Dany José Espinoza Brito, contra la empresa Productos EFE S.A, partes suficientemen.....