En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana CRISTINA EULOGIA MADERA PLAZA, en contra de los Herederos desconocidos de las cujus LUCINA AURORA RINCON y GRACIELA ALICIA RINCON, ambas partes suficientemente identificadas en autos. -
Se condena en costas a la parte demandante, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida en este juicio.